Introducción
Al llegar los conquistadores españoles al occidente sudamericano, donde florecía el Imperio de los Incas en las tierras conocidas por sus habitantes como Tawantisuyu (Los Cuatro Rincones en idioma quechua) en 1532, impusieron su dominio sobre los pobladores con la espada y la cruz y establecieron el Virreinato del Perú. Así, la mayoría nativa se hizo católica.
Pero después de la expulsión de las autoridades españolas del Perú en 1824, la religión oficial de la República del Perú continuó siendo la católica hasta la Constitución Política del Perú de 1933 que, en su artículo 233, reconoce la libertad de culto de las demás religiones.
En el artículo 50 de la actual Constitución Política de 1993 dice que el Estado y la Iglesia Católica tienen independencia y autonomía, pero al mismo tiempo declara que aquél colabora con ésta. Eso respalda el acuerdo de 1980 o Concordato entre los Estados del Perú y el Vaticano que legaliza los privilegios económicos (exoneraciones fiscales, pago al clero y los maestros de los cursos de religión católica en las escuelas públicas) a favor de la Iglesia Católica de parte del Estado.
Y además, debido a la herencia colonial, los iconos religiosos y las capillas se exponen en muchas instituciones estatales y espacios públicos.
Todo eso sucede en un país donde la actual Constitución reconoce el derecho a la libertad de conciencia y religión (artículo 3), seguir a cualquiera o a ninguna, y así podemos encontrar creyentes cristianos no católicos, creyentes no cristianos y no creyentes en religión y dios alguno.
El Concordato de 1980
En 1980 se firmó un acuerdo o Concordato entre los Estados del Perú y el Vaticano (en los últimos días del gobierno militar de Francisco Morales Bermúdez), que nunca fue ratificado, como exige la Ley, por ningún Congreso peruano. El acuerdo legaliza las acostumbradas subvenciones económicas estatales, exoneradas de toda tributación, para las obras, los servicios, el clero, las jurisdicciones y comunidades religiosas de la Iglesia Católica (artículos VIII y X), los requisitos y beneficios para los capellanes militares y policiales católicos (artículos XI-XVII) y los de los centros sanitarios y carcelarios (Artículo XVIII) y para el nombramiento de los docentes de los cursos de religión en las escuelas públicas se pide a los obispos que los presenten (artículo XIX). Todo ello hace a la Iglesia Católica la única organización religiosa en el Perú que recibe del Estado, a la vez privilegios económicos y educativos, con la salvedad que esas ayudas económicas y pagos para el clero católico y los maestros públicos de religión provienen de los impuestos de todos los peruanos, sean o no católicos.
Presencia e influencia católica en la esfera pública
Las evidencias de la presencia e influencia católica en el espacio público son:
-las imágenes católicas en gran parte de los parques de los distritos de la capital.
-los íconos y/o capillas católicas en instalaciones de los tres poderes del Estado y otros organismos estatales como hospitales, municipalidades, mercados municipales, etc.
-las capellanías y/o capillas en universidades públicas.
-la mayoría de los días festivos oficiales que son católicos: de 13, 7 son religiosos.
-la juramentación del cargo de los nuevos Ministros puede incluir o no símbolos religiosos como la Biblia y el crucifijo, y su fórmula mencionar o no a Dios según se sea católico o no.
-la misa y "Te Deum" (lat., "Tú, oh Dios") en fiestas patrias celebradas por el arzobispo de Lima y de las principales ciudades del Perú en la catedral con la asistencia de autoridades civiles --presidente, ministros, alcalde, etc.- en el Día de la Independencia, el 28 de julio en Lima o dos o un día antes.
-la presencia del clero católico en las inauguraciones de las instalaciones públicas, y el desfile militar en fiestas patrias.
-los altos funcionarios estatales que saludan e incluso cargan, cuando les es posible, el icono del "Señor de los Milagros" (una pintura de un Jesús crucificado) tanto en Pascua como en octubre, imagen que es seguida en procesión por cientos de miles de creyentes de todos los orígenes étnicos y niveles sociales. Asimismo, íconos de Cristo y santos católicos son recibidos por funcionarios locales en la capital peruana y provincias.
-las fuerzas armadas y policiales con sus santos patronos católicos y respectivos días festivos: el feriado de las Fuerzas Armadas del Perú y el día de la Virgen de Las Mercedes son el 24 de septiembre; el festival de la Policía Nacional del Perú y el día de Santa Rosa de Lima son el 30 de agosto; el feriado de salud de la Policía Nacional del Perú y el día de San Martín de Porres son el 3 de noviembre.
Estado confesional y laico
El Estado confesional busca “la uniformidad religiosa", es decir, una única fe apoyada por el gobierno, algo impuesto en los principales reinos europeos en los siglos XVII y XVIII.
En ese sentido, después de la Reforma, los Estados confesionales europeos, católicos y protestantes, fueron intolerantes con las creencias religiosas ajenas, y provocaron guerras entre ellos que fueron utilizadas para justificar la invasión y conquista de otras tierras y culturas. Esa intolerancia incluía la prohibición legal de las otras religiones, las persecuciones de creyentes de otras creencias y un apoyo económico para la religión oficial por parte del Estado.
Luego, con el paso del tiempo y las masacres, la mayoría de los Estados europeos modernos se vuelven más tolerantes con las diferentes religiones e incluso con las posturas de vida no religiosas. Por lo que llegaron a legalizar la libertad religiosa y la libertad de pensamiento o conciencia.
A su vez, y por el contrario, muy pocos de los Estados confesionales islámicos contemporáneos son extremistas y fundamentalistas.
Por otro lado, el Estado laico, no promueve ni la religión ni la irreligión, es decir, es neutral y equitativo con las creencias religiosas y las posiciones de vida no religiosas (agnóstica, ateas, humanistas y seculares). Los grandes ejemplos históricos de eso en el mundo desarrollado son los Estados Unidos de América y Francia, y en el mundo hispano en desarrollo tenemos a México y Uruguay.
Por lo tanto, de acuerdo con la constitución actual, el Estado peruano no es confesional, y permite el ejercicio de otras confesiones, pero al mismo tiempo la Iglesia Católica tiene privilegios por parte del Estado. Una propuesta de solución para esta contradicción es un régimen de "laicidad que comporta la autonomía e independencia de la Iglesia del Estado y la colaboración entre ambos". Laicidad que significa “el reconocimiento de la personería jurídica pública de la Iglesia, el respeto de la libertad religiosa y el ejercicio de la misión de la Iglesia en la sociedad civil, sin que signifique injerencia en la autonomía de la autoridad civil” (Rodríguez 2020, p. 5).
Pero esta solución solo disimula la relación real Estado-Iglesia en Perú, es decir, una de dependencia económica de la segunda respecto del primero. Por esta razón, podemos llamar al Estado peruano para- o semi-confesional.
Conclusiones
La mayoría de los peruanos se hicieron católicos debido a la conquista y dominio español desde el siglo XVI. Pero los no católicas, cristianos y no cristianos, y los no religiosas en absoluto, comenzaron a aparecer al menos públicamente desde el siglo XIX. Y según los últimos 3 censos nacionales, la mayoría católica está disminuyendo y las minorías no católicas están aumentando al mismo tiempo.
La Iglesia Católica es la única religión que recibe tratos favorables del Estado: salarios para su personal, terrenos, materiales y dinero para sus instalaciones, exenciones de impuestos exclusivos para sus instalaciones, enseñanza de sus doctrinas en escuelas públicas, asistencia casi exclusiva de oficiales líderes estatales a sus templos en las fiestas nacionales, la presencia de sus capellanes y festividades en las Fuerzas Armadas y la Policía peruanas, la presencia de su clero en la apertura de instalaciones públicas, y la invasión del espacio público por sus iconos.
Sin embargo, también hay otras religiones en el Perú, cristianas y no cristianas, y posturas de vida no religiosas también. Entonces, ¿no sería mejor que el Estado apoye a las otras religiones o a ninguna en absoluto?
Debido a estas evidencias el Estado peruano se muestra pro católico, semi- o para-confesional y luego hasta cierto punto es laico. Sin embargo, el Estado peruano no es laico porque no tiene un trato igualitario para todas las religiones: la única religión con beneficios estatales es la católica.
En ese sentido hubo intentos, como los de los congresistas Javier Diez Canseco en el 2002, Oracio Pacori en el 2016 y Marco Arana en el 2017, de declarar explícitamente laico al Estado peruano a través de cambios en la Constitución sin éxito.
Por lo tanto:
... todo Estado, incluido el nuestro [el peruano], que se asuma como verdaderamente democrático debe defender la libertad de creencia, conciencia y expresión, así como permanecer neutral con respecto a cualquier religión en particular, es decir, debe ser secular o laico manteniendo así una separación política y económica de toda religión o iglesia alguna. El Estado no debe ser entonces confesional, pero tampoco para o semiconfesional, no solamente en el papel sino además en la aplicación de sus políticas, especialmente de educación y salud públicas (Paz y Miño 2019, p. 16).
Para alcanzar un Estado laico, según el actual artículo 57 de la Constitución Política del Perú de 1993, sólo el presidente del Perú puede denunciar y anular el Concordato e informar de eso al Congreso que no necesita discutirlo porque tal tratado nunca ha sido discutido antes de su firma en 1980.
Pero es comprensible que ningún presidente se enfrente al Vaticano y a la Iglesia Católica anulando el Concordato porque la población, la mayoría de los cuales siguen esa religión, protestaría de inmediato.
Así, habría que esperar nuevas condiciones subjetivas donde el propio pueblo católico sea consciente de los privilegios antidemocráticos y discriminatorios que goza su iglesia, y que ninguna otra religión o postura de vida tiene en el Perú desde que llegaron los conquistadores españoles hace unos quinientos años.
Referencias
-Paz y Miño Conde, Manuel Abraham (2019). Creyentes, no creyentes y el curso de religión en el Perú. Lima: EFA.
-Rodríguez, Juan Roger (2020). Las relaciones entre el Estado peruano y la Iglesia Católica in Conversaciones PolítiKAS de la KAS Perú, September, 8 pp.: https://www.kas.de/documents/269552/0/Las+relaciones+entre+el+Estado+Peruano+y+la+Iglesia+Catolica+Padre+Juan+Roger.pdf/
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